El consenso de los y las profesionales. Introducción

En una mesa en la que se nos pide que hablemos sobre el consenso de los profesionales en un tema como este, que directamente nos toca, se hace necesario, habiéndolo enmarcado como un reto en el Estado de Bienestar, que inicie la intervención, con el permiso de todas y todos, con unas aportaciones a modo de introducción entorno al mismo. Pero antes de hacerlo, me gustaría recordar que la necesidad de coordinación entre los y las profesionales no se plantea como novedosa. Desde que se iniciara la andadura democrática en nuestro país profesionales del más maduro Sistema Sanitario y profesionales del incipiente Sistema de Servicios Sociales ya se plantearon la necesidad de coordinar el trabajo con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas. Si hoy estamos hablando de la misma necesidad es porque es evidente que la coordinación no se ha llevado a efecto desde el plano institucional porque desde el plano más personal la colaboración es estrecha.

Del Modelo de Bienestar Social

Desde que se aprobara nuestra Carta Magna, en la que se establece la igualdad de derechos políticos, sociales y culturales, en España se ha producido una reconversión del Sistema de Protección Social antiguo a un modelo de Bienestar Social para abordar los derechos básicos universales en materia de Sanidad y Educación fundamentalmente, pero también se ha producido un considerable avance en el Sistema de Pensiones con la creación de las Pensiones No Contributivas y, en Servicios Sociales con la creación del Sistema.

Este modelo de Bienestar Social se sustenta en los principios de universalidad de los derechos sociales, desarrollo social y humano, igualdad de oportunidades, prevención, cooperación y corresponsabilidad social, etc. Las leyes de protección social han recogido, tanto en el ámbito estatal como autonómico, estos principios y con ello han reformulado los objetivos del bienestar social[1]:

  • Garantizar la atención de necesidades básicas al conjunto de la población mediante la puesta en marcha del principio de igualdad de derechos de todos los ciudadanos y ciudadanas , haciendo efectivo este principio mediante la universalización de las prestaciones básicas que han de ofertar los SISTEMAS PÚBLICOS de Sanidad, Educación, Pensiones, Servicios Sociales, Desempleo….
  • Defender la igualdad de oportunidades en el acceso a los recursos públicos de forma normalizada, a la promoción y desarrollo integral de las personas y grupos sociales más desfavorecidos, garantizando en esta línea, el respeto a su identidad diferencial, y las medidas adecuadas de acción positiva mediante programas y / o Planes Integrales.
  • Asegurar un tratamiento integral de las personas y grupos ante sus necesidades sociales, estableciendo mecanismos de coordinación interdepartamental que den globalidad y eficacia a la política social.
  • Prevenir la marginación y la pobreza con Planes de Desarrollo Humano y Social de Lucha Contra la Pobreza, fomentando la planificación local integrada desde los propios recursos humanos y socioeconómicos de la comunidad en pro de la integración y cohesión social.
  • Promover la solidaridad, por un lado, entre instituciones y ciudadanos, y por otro, entre los propios ciudadanos, a través de la promoción de la responsabilidad social ante las necesidades humanas, mediante el reconocimiento y apoyo institucional a las familias y organizaciones sociales, con la participación ciudadana y el voluntariado social.
  • Promover la calidad de vida, potenciando el papel de los profesionales y la participación de los usuarios, garantizando el control de calidad de los servicios públicos y la correcta aplicación de los derechos humanos.

(Estos objetivos marcan las tendencias sociales en cuanto a las demandas del bienestar y a los planes y programas de protección social).

  • Implantación de Sistemas Públicos
    • Puesta en marcha de Planes Integrales para la Igualdad de Oportunidades
    • Potenciación de Planes de desarrollo humano y social, lucha contra la pobreza y contra la exclusión social.
    • Promoción de Políticas de cooperación social.

En relación con cada una de estas líneas se puede decir que,

  • (Primera Tendencia social marcada por objetivos del Bienestar Social)

La garantía de derechos sociales básicos para todos los ciudadanos tiene que hacerla efectiva el Bienestar social  en las diferentes materias: educación, sanidad, desempleo, pensiones y servicios sociales por medio de completar el proceso de universalización de las prestaciones básicas.

Ya he referido anteriormente el avance en determinados sistemas, pero en otros, como el de Servicios Sociales está pendiente el desarrollo legislativo que garantice la efectividad de los derechos. La deficitaria infraestructura de Servicios y Centros hace que la inversión en los mismos sea prioritaria.

Por otra parte, debe primarse en el marco de desarrollo de los sistemas medidas preventivas, de participación social, y de calidad en la prestación de los Servicios y proceder a la máxima descentralización, articulando la cooperación por medio de Planes Concertados.

  • (Segunda Tendencia social marcada por objetivos del Bienestar Social)

Los Planes Integrales dirigidos a grupos sociales específicos que viven procesos de marginación, discriminación y / o exclusión han sido desarrollados en materias determinadas (de juventud, igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la integración social con personas con discapacidades, la integración social de inmigrantes…) requiriendo la perspectiva de igualdad de oportunidades, la aplicación de la metodología de la transversalidad, lo que supone la implicación de los colectivos en todas las Áreas sociales e institucionales. A la vez, la participación de los sectores sociales directamente implicados se hace necesaria como también imprescindible el establecimiento de mecanismos de cooperación interdepartamental y social, que permitan la coordinación de las políticas interinstitucionales  y sociales garantizando la normalización de las actuaciones en el marco de cada ámbito específico de cada uno de los Sistemas Públicos de protección social.

  • (Tercera Tendencia social marcada por objetivos del Bienestar Social)

Comentar aquí que los planes que se han desarrollado en España, con la base de los diversos programas europeos, se centran en superar riesgos de exclusión social orientándose hacia políticas de rentas y/o empleo  y que la perspectiva de los Servicios Sociales es que estos planes han de contemplar de forma prioritaria el tratamiento social de las situaciones de exclusión, las relaciones familiares, los vínculos y los cambios en los modos de vida, tanto de las personas afectadas como de la Comunidad.

  • (En cuanto a las Políticas de Cooperación, última tendencia)

La corresponsabilidad ciudadana en las políticas de Bienestar Social implica el desarrollo de una cultura de la solidaridad y de participación a través de diferentes Asociaciones y ONG que realizan programas complementarios a los públicos. Para ello, la concienciación ciudadana ha de realizarse a través de distintos medios y sobre todo desde una edad muy temprana.

Hecha esta introducción relativa al Estado de Bienestar, quisiera dedicar unos minutos al Sistema de Servicios Sociales, porque las trabajadoras sociales, a pesar de estar presentes en el resto de los sistemas, hemos sido las profesionales que hemos impulsado este, siendo reconocida la profesión como la básica del sistema.

Proceso de construcción del SPSSSS

El proceso se lleva a cabo en la década de los 80 y en definitiva se consigue que el derecho de los ciudadanos y ciudadanas a los SSSS se asiente en un sistema normativo complejo, producto de la distribución de competencias que en este tema tienen las diferentes Administraciones Públicas (Legislación de Seguridad Social, Leyes homogéneas de Servicios Sociales de las CCAA, Ley de Régimen Local y los correspondientes desarrollos normativos).

En cuanto al diseño de gestión, reflejar que también aporta sus novedades en relación con el resto de los sistemas del Bienestar Social; ya que este asume a la perfección la colaboración de la iniciativa privada y el voluntariado social con el sistema público, configurándose como Sistema Público de Gestión Mixta,  significando esto que se comparte la gestión en determinados niveles de la prestación de servicios, pero siempre bajo la responsabilidad, control y seguimiento de las administraciones públicas.

Derechos/prestaciones básicas

La definición de estos derechos/prestaciones básicas quedó realizada en 1987 con la aprobación del Plan Concertado por parte de la Admón. Central y las CCAA, que además de ser una estrategia de cooperación financiera y técnica entre las administraciones públicas para apoyar a los Ayuntamientos con financiación para la puesta en marcha de la red de Servicios Sociales, establece el Catálogo de Prestaciones de Servicios Sociales y sus correspondientes equipamientos (la última revisión del mismo se realizó en 1998), entre los que se incluyen:

  1. Como prestaciones básicas:
    1. Información y orientación
    1. Apoyo a la unidad convivencial y Ayuda a domicilio
    1. Acogida/alojamiento alternativo
    1. Prevención e inserción
    1. Cooperación social
  2. Como equipamientos, en el ámbito municipal:
    1. Unidades básicas de Trabajo Social
    1. Centros de Servicios Sociales Generales
    1. Casas de Acogida, Albergues, Pisos tutelados, miniresidencias.
    1. Centros de día, Comedores Sociales y Centros Ocupacionales
  3. Además, el sistema ha de contar con una red de centros y servicios específicos de gestión directa de las CCAA o concertada.

Se plantea la intervención social articulando la asistencia con la prevención y la promoción social desde la metodología del trabajo social de caso, grupo y comunidad.

Pero el hecho de que se haya conseguido el reconocimiento del derecho a los SS SS no quiere decir que el derecho sea una realidad, ni que las situaciones de necesidad social se resuelvan sólo y exclusivamente desde las actuaciones de las administraciones públicas. Es más, sin la responsabilidad social caeríamos en el puro burocratismo y paternalismo de la función pública. Y es imprescindible reconocer que sin la responsabilidad pública, sin el reconocimiento de derechos, no existen posibilidades de garantizar condiciones básicas de vida y de convivencia que sustenten la dignidad humana.

Está claro que la realidad dista mucho de la filosofía del sistema ya que la demanda de atención que está teniendo y la escasez de recursos profesionales y dotacionales desborda por completo a la intervención social.

Nuestro reto pendiente: la universalidad.

La universalidad como principio ha sido clave para superar la Beneficencia Pública en España. Ésta es incompatible con el Estado Social y Democrático  de Derecho (Art. 1) por el que todos los ciudadanos son iguales ante los derechos sociales que reconoce la Constitución. Por otra parte, en el Art. 41 se establece la obligación de los poderes públicos para garantizar “la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad”.

La construcción de un modelo de Bienestar Social teniendo como  principio la universalidad de los derechos sociales logró implantarse en Sanidad, Educación y Pensiones, sistemas que cuentan con larga trayectoria y fuerte desarrollo en presupuestos y estructuras de servicios. Pero no así ocurre con el joven Sistema de Servicios Sociales, que actualmente continua actuando de forma marginal y con una oferta muy escasa y limitada.

Ya en el año 1987[2] se apuntó como una de las conclusiones conceptuales en torno a la relación entre Servicios Sociales y Sanitarios que “es necesario superar el concepto que señala la marginación como el factor de identidad de los servicios sociales, si se quiere lograr una coordinación efectiva con otros Servicios, como los Sanitarios«.

Actualmente, a pesar de que no nos encontramos en la misma situación, no se han extendido las prestaciones al conjunto de la población afectada por problemas sociales producidos en la convivencia.

En este debate, a menudo se incluye el tema de las tasas y precios por servicios. Como este tema no es objeto relevante en esta ponencia, sólo indicar que los sistemas públicos definen unas prestaciones básicas universales y otras complementarias para todos, con independencia de la situación económica. Las diferentes tasas establecidas por prestación de servicios sociales como académicas o farmacéuticas no van contra el principio de universalidad.

El problema de la universalización en servicios sociales tiene que ver con contar con una red de atención todavía insuficiente en relación a la demanda, por lo que los “baremos” de acceso priorizan la situación económica ante una misma demanda social.

Sabido esto, considerar que ello afecta a las prioridades políticas de asignación de recursos para el desarrollo de la red de atención, pero no debe afectar a la estrategia de universalización inherente a todo sistema de protección social.[3]

Para conseguir la consolidación del Sistema Público de Servicios Sociales se requiere un compromiso social, profesional y político a favor de la universalidad de los Servicios Sociales como cuarto Sistema de Protección Social de la política de Bienestar Social, concretándose en un fuerte compromiso de incrementos presupuestarios.

Consideración de cierre

No quisiera terminar este bloque relativo a la conceptualización del Bienestar Social y los Servicios Sociales sin hacer referencia a la sustitución del Estado del Bienestar por la Sociedad del Bienestar.

Esta confrontación no se corresponde con la realidad de las Políticas de Bienestar ya que es la demanda social de bienestar la que impulsa a los Estados a asumir funciones de bienestar y que para ello se hace necesario establecer un nuevo pacto social que supere de forma definitiva el paternalismo social y que tenga en cuenta las perspectivas de los movimientos sociales.

Plantear la reducción del Estado del Bienestar cuando no se han cubierto necesidades básicas, como excusa para lograr la Sociedad del Bienestar supone un retroceso en los logros sociales alcanzados.

Por tanto, lo que se impone es la reclamación del compromiso de los poderes públicos, en los diferentes niveles de gestión, para garantizar los derechos; los ya reconocidos (salud, educación, pensiones) han de mantener la universalización aplicándose también a rentas mínimas garantizadas y servicios sociales, en el marco de un nuevo pacto social de ciudadanía basado en el reconocimiento de los derechos sociales como derechos humanos fundamentales.


Intervención en el seminario DE LA UIMP “LA ATENCIÓN SOCIOSANITARIA EN ESPAÑA: NUEVO RETO EN EL ESTADO DE BIENESTAR”  AGOSTO de 2002

[1] LAS HERAS PINILLA, M. P. “Bienestar Social y Sistema de Servicios Sociales en España”, publicado en el libro “Estado de Bienestar, perspectivas y límites”. (Coord. Fernández García, T. ED. Universidad de Castilla-La Mancha. Cuenca 1998.

[2] García Herrero, G. “La relación entre los Servicios Sociales y Sanitarios” .2º Congreso Nacional de Salud Pública y Administración Sanitaria. Madrid 11-14 Noviembre. Colección Trabajo Social. Serie Cuadernos. Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social.

[3] LAS HERAS PINILLA, M. P. “El Sistema de Servicios Sociales como cauce para el logro de la igualdad” SOCIEDAD Y UTOPÍA. Revista de Ciencias Sociales, nº 4 Universidad León XIII. Madrid, 1994 en “El Sistema Público de Servicios Sociales: Contribución del Trabajo Social, Desafíos, Oportunidades y Estrategias” TRABAJO SOCIAL HOY. Revista Editada por el Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Madrid. Monográfico Primer Semestre 2002

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